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28 de febrero 2026: la fecha que define tu nómina 2025

Por C.P.C. Adriana Rodríguez Carreón


La correcta emisión del CFDI de nómina no es solo una obligación fiscal, sino un elemento clave de control, transparencia y seguridad jurídica tanto para las empresas como para sus trabajadores. Sin embargo, en la práctica es común detectar errores en los comprobantes emitidos durante el ejercicio, ya sea por ajustes en sueldos, incidencias, timbrado incorrecto o datos fiscales inconsistentes.


Ante esta realidad, la autoridad fiscal ha otorgado una oportunidad excepcional que los empresarios no deben pasar por alto.


Corrección de CFDI de nómina 2025: plazo límite

Si tu empresa emitió CFDI de nómina con errores durante 2025, podrás corregirlos por única vez hasta el 28 de febrero de 2026, mediante la cancelación y sustitución de los comprobantes incorrectos.


Este beneficio se encuentra previsto en la Regla 2.7.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, y aplica exclusivamente para los CFDI de nómina correspondientes al ejercicio 2025.


¿Qué tipo de errores pueden corregirse?

Entre los errores más comunes que pueden regularizarse se encuentran:


∙ Percepciones o deducciones mal calculadas

∙ Omisión o duplicidad de conceptos

∙ Errores en el RFC del trabajador

∙ Inconsistencias en subsidio para el empleo

∙ Ajustes anuales de ISR mal reflejados

∙ Diferencias derivadas de incidencias o nóminas extraordinarias


La corrección se realiza cancelando el CFDI incorrecto y emitiendo uno nuevo que lo sustituya, cumpliendo con los requisitos fiscales vigentes.


¿Por qué es importante aprovechar esta facilidad?

No corregir los CFDI de nómina puede generar consecuencias relevantes para la empresa, tales como:


∙ Diferencias en el entero de ISR retenido

∙ Inconsistencias entre nómina, contabilidad y declaraciones

∙ Riesgos en revisiones del Servicio de Administración Tributaria

∙ Contingencias laborales y fiscales

∙ Pérdida de deducibilidad de la nómina


Esta facilidad no es permanente ni recurrente, por lo que representa una ventana única de regularización sin necesidad de enfrentar sanciones posteriores.


Recomendación para empresarios

Mi recomendación es clara:

Revisar desde ahora los CFDI de nómina emitidos en 2025, identificar inconsistencias y coordinarse oportunamente con el área contable, fiscal o de nóminas para realizar las correcciones dentro del plazo establecido.


La prevención siempre será más eficiente y menos costosa, que la corrección en un proceso de fiscalización.


Conclusión

El CFDI de nómina es uno de los comprobantes más sensibles para la autoridad fiscal. Aprovechar esta facilidad administrativa permite a las empresas cerrar el ejercicio 2025 con certeza, orden y cumplimiento, fortaleciendo su posición ante cualquier revisión futura.


El 28 de febrero de 2026 no es solo una fecha en el calendario: es el límite para poner en orden la nómina y evitar riesgos innecesarios.

 

C.P.C. Adriana Rodríguez Carreón

 

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